El compre nacional en riesgo
Pagina12
La iniciativa que busca
mejorar la ley 25.551 para favorecer a las pymes locales
aún no fue tratada por
Diputados y si la Cámara
baja no lo hace antes del 30 de noviembre, el trámite parlamentario debería
empezar de nuevo.
En marzo del año pasado, el Senado dio media
sanción a un proyecto para mejorar la ley de compre argentino. La iniciativa
definió con más precisión qué sujetos están obligados a cumplirla, estableció
que en las licitaciones se les debe otorgar preferencia a las pymes nacionales
incluso ante una oferta que sea hasta un 12 por ciento más cara (antes la
preferencia era hasta el 7 por ciento), fijó que las empresas nacionales y
extranjeras deben cotizar ofertas en la misma moneda y modificó el régimen de
sanciones por incumplimiento de la norma, entre otros cambios. Pese a tener
media sanción de la Cámara
alta, Diputados no trató el proyecto y si no lo hace antes del 30 de noviembre
perderá estado parlamentario.
Para
que la ley se apruebe se necesita que la Comisión de Obras Públicas, que encabeza el
diputado del Frente para la
Victoria , Edgardo Depetri, convoque al cuerpo que encabeza
para que elabore un dictamen. En junio del año pasado, Depetri declaró que “el
oficialismo estaría dispuesto a apoyarla (en referencia a la ley), pero no
tenemos mayoría”. Por entonces, el Grupo A controlaba gran parte de las
comisiones. Luego de las elecciones, el oficialismo recuperó la mayoría, pero
el proyecto igual quedó frenado. “Depetri todavía no debe haber podido ocuparse
del tema, si no creo que no hubiese tenido inconvenientes en respaldar la
iniciativa. El problema es que los tiempos se acortan”, señaló ayer a Página/12
Jorge Cabaña, presidente de la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas,
Electromecánicas y Luminotécnicas (Cadieel), una de las organizaciones que se
mostraron más activas para defender el proyecto. Los que siguen son algunos de
los puntos centrales contemplados en el texto con media sanción:
- Ampliación del alcance de la ley. La ley 25.551 obliga
al compre argentino sólo a la administración pública nacional, a las empresas
del Estado, a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias y
concesionarias de obras y servicios públicos y a los respectivos
subcontratantes directos. Ese listado exime, por ejemplo, a los gobiernos
provinciales, a no ser que expresamente hayan adherido a la norma. En el caso
de los privados, el requisito rige sólo para los concesionarios de obras y
servicios públicos. Eso significa, por ejemplo, que las telefónicas no tienen
la obligación de cumplir con esta ley cuando invierten en el desarrollo de la
telefonía celular. Lo que se hizo entonces fue incluir también a entidades
públicas provinciales y sus contratistas cuando utilicen fondos del Tesoro
Nacional y a licenciatarios del Estado que presten servicios de
telecomunicaciones fija y móvil, banda ancha y televisión por Internet;
generación transporte y distribución de energía eléctrica; entre otras.
- Ampliación de preferencia por precios. El artículo 3 de la
ley 25.551 establece que en las licitaciones se les otorgará preferencia a las
pymes nacionales incluso ante una oferta que sea hasta un 7 por ciento más
cara. Ese porcentaje se amplió a un 12 por ciento. Para las firmas medianas
trepó de 7 a
9 por ciento y para las grandes de 5
a 7 por ciento.
- Cotizar ofertas en la misma moneda. Los proveedores
locales afirman que en algunas licitaciones a sus competidores extranjeros les
permiten cotizar su oferta en dólares. La ventaja es que sólo pueden ofertar en
dólares si lo hacen a precio FOB, el cual no incluye transporte, seguro y tasas
aduaneras. Ese es un factor más que ayuda al proveedor extranjero a mejorar su
oferta final. Por lo tanto, en el proyecto con media sanción del Senado se
establece que empresas nacionales y extranjeras deben cotizar en la misma
moneda.