“Autodeterminación” y “pueblos”. Su aplicación al caso Malvinas/Falklands
Osvaldo Kreimer * En el derecho internacional público, el término “pueblo” no se aplica a cualquier grupo o colectivo de personas, como tampoco el concepto de “autodeterminación” es unívoco. A partir de principios del siglo XX, tanto los Estados en los foros internacionales como la doctrina han ido limitando la aplicabilidad jurídica del término “pueblos” mientras, paralelamente, evolucionaba el concepto de autodeterminación. Frente a las tentativas de asignar el derecho a la autodeterminación de los pueblos a los habitantes de las islas Malvinas (Falklands), es importante analizar la validez jurídica de dicha aplicación. Tras la Primera Guerra Mundial, en una primera fase de la evolución de esos términos en el derecho internacional moderno, los Estados buscaron establecer la ilegalidad de la guerra y crear un marco para la solución pacífica de conflictos entre ellos, en particular respecto de la jurisdicción y control territorial. Para ello, y tomando las ideas iluministas ...