Beinusz Szmukler: "Tienen una conducta funcional al Grupo Clarín"

Néstor Espósito
Tiempo Argentino


El titular del Observatorio de la Justicia analizó la controversia en el 
Consejo de la Magistratura.


Beinusz Szmukler acaba de superar las ocho décadas de lucha en defensa de los Derechos Humanos, los valores democráticos, la tolerancia y la rectitud. Acaso sea hoy uno de los ejemplos más claros de la independencia de opinión. Apoya lo que considera bueno y cuestiona lo que le parece malo. "Y eso tiene sus costos", reflexiona. Ex consejero de la Magistratura, actual presidente del Observatorio de la Justicia Argentina y titular del Consejo Consultivo Continental de la Asociación Americana de Juristas, dialogó con Tiempo Argentino sobre la justicia y sus circunstancias, la Ley de Medios, el per saltum, el rol del Consejo de la Magistratura y el perfil de jueces que necesita el país.

–¿Cuál es su visión sobre el enfrentamiento en el Consejo de la Magistratura en torno al concurso 258 y la aplicación completa de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual?

–Es evidente la relación de la crisis en el Consejo con la definición sobre la efectiva aplicación de la Ley de Medios. Puso de manifiesto la lamentable predominancia de la política partidaria por encima de la representación sectorial que inviste cada consejero, y de la función que debe cumplir. Aprovechando algunas torpezas del oficialismo, que no le traían ningún provecho, dos consejeros electos por la abogacía se unieron a dos legisladores del radicalismo y a un juez que fue funcionario del mismo partido, para tratar de nulificar el concurso destinado a cubrir las vacantes de jueces del fuero que debe decidir sobre la causa promovida por el Grupo Clarín requiriendo la inconstitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios, y la cautelar que obtuvo hace tres años. Esta conducta es claramente funcional al Grupo Clarín, y constituye una grave violación de sus deberes, ya que no existe motivo alguno para la pretensión de nulidad. Basta leer el acta de la Comisión de Selección del 5 de julio para comprobar que había acuerdo de todos los integrantes, incluso Recondo y Aguad hasta el sexto lugar de la lista de ternados (para cubrir cinco vacantes hay que agregar dos candidatos más, a fin de que la presidencia de la república siempre tenga en la propuesta de cada vacante a cubrir, tres candidatos para elegir uno). Aguad y Recondo sólo manifestaron diferencia respecto del séptimo lugar.

–¿Hay antecedentes de situaciones similares en otros concursos?

–En casos similares, en toda su historia, el Plenario del Consejo votaba el dictamen propuesto por la Comisión y si alcanzaba mayoría, pero no los dos tercios de los presentes requeridos por la ley, se realizaba una segunda votación en la que los disidentes modificaban su voto o se retiraban de la sala, para evitar la frustración del concurso, y los costos y el tiempo de la realización de uno nuevo.

–Usted integró el Consejo de la Magistratura con su conformación anterior. ¿La reforma –con la reducción del número de miembros– fue beneficiosa o perjudicial?

–Fue perjudicial, no tanto por la reducción de la cantidad de miembros, sino por el incremento de la representación política partidaria, que tiende a reproducir en un órgano con funciones totalmente distintas, la característica de las componendas parlamentarias, que a veces parecen como operatorias transaccionales de intereses, inadmisibles en la selección de magistrados o en su remoción del cargo. A ello debe agregarse que los legisladores, por el cúmulo de su labor parlamentaria, tienen una dedicación insuficiente a la labor del Consejo. 

–¿La situación general se resume a un gobierno que quiere la aplicación de la ley contra una corporación que la obstaculiza o la pelea de dos enemigos por ver quién destruye primero al otro?

–La cuestión de fondo es la democratización del uso de los medios audiovisuales para que el pueblo tenga otras opciones a los contenidos que hoy les ofrecen los dueños de los multimedios monopólicos de información y difusión cultural, cuyos objetivos van más allá del beneficio económico. Su función es generar consenso social para las políticas más regresivas de sus avisadores, del capital financiero, las trasnacionales, la política imperial de los Estados Unidos, obstaculizando la integración regional latinoamericana y caribeña, denigrando a los gobiernos que se proponen cambios estructurales, del mismo modo que antes fueron funcionales y beneficiarios de las dictaduras y del terrorismo de Estado.

–Entonces…

–En la medida que el gobierno pretende hacer cumplir la ley producto de un debate de la sociedad, nunca visto antes, y votada por una parte significativa de la oposición en el Congreso, se transforma en un enemigo de esos intereses al que los afectados no dudarían destruir, si pudieran. 

–¿Qué opinión le merece la ley que reglamenta el per saltum?

–La considero correcta, porque permite una aceleración de los tiempos en la definición de causas de gran interés general, denominadas en lenguaje jurídico como de gravead institucional. Conviene aclarar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya tiene esa facultad implícita, aun sin ley, y que no produce ningún efecto milagroso, porque el Alto Tribunal decidirá en cada caso si le corresponde actuar y cómo.

–En este contexto, ¿qué opina sobre el acuerdo del Senado a la lista de conjueces para el fuero Civil y Comercial Federal?

–Es un corolario lógico de la ley votada en su momento por el Congreso, y hasta ahora aceptada por la Corte, pero tal como lo señaló en su momento el Observatorio de la Justicia Argentina, esa ley es inconstitucional ya que se trata de abogados que no han sido seleccionados mediante concursos públicos ni integran ternas propuestas por el Consejo de la Magistratura.

–En líneas generales, ¿qué evaluación hace del momento actual de la justicia?

–A pesar del ingreso a la magistratura, en los últimos 20 o 30 años, de personas con profunda vocación democrática, y de probablemente la mejor integración de la historia de la Corte Suprema, globalmente el denominado "Poder Judicial" sigue caracterizado por una mentalidad clasista, corporativa, estrecha, burocrática, sensible a la influencia del aparato cultural, los grandes diarios y medios audiovisuales, academias, institutos, universidades privadas y fundaciones de todo tipo, y sobre todo, interesada en la estabilidad, la carrera y el sueldo. Incluso subsisten enclaves fascistoides, como pudo verse cuando un camarista, precisamente del fuero civil y comercial federal en el candelero en este momento, publicó dos obituarios en el diario La Nación en homenaje a (el ex líder carapintada Mohamed Alí) Seineldín y reivindicando a (el fundador y líder de la Falange Española, José Antonio) Primo de Rivera, sin que ello provocara reacción alguna de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. Cambiar esta situación requiere la selección de magistrados consustanciados con el propósito preambular de "afianzar la justicia", los derechos y garantías de la Constitución Nacional, y los pactos internacionales de Derechos Humanos incorporados a su artículo 75, inciso 22, dotados de sensibilidad social y un adecuado conocimiento de la realidad política, económica, social y cultural del territorio de su jurisdicción.

–¿Qué rol le cabe al Consejo de la Magistratura?

–Debe terminar con la degradación de su actividad, asumir que es su obligación asegurar el funcionamiento correcto de la administración de justicia, aprobar sin más demora el Concurso 258, y disponer el inmediato llamado a los concursos para cubrir todas las vacantes existentes. Sin duda, hay tareas pendientes a cargo del Poder Ejecutivo Nacional que debe definirse sobre las ternas pendientes, para cubrir alrededor de 60 vacantes, entre ellas 17 del fuero laboral, y requerir el acuerdo del Senado, además de encarar junto con el Congreso de la Nación la reforma de los códigos procesales, sin los cuales la sanción de nuevos códigos civil, comercial y penal, en trámite, tendrán escaso efecto para la realización de la justicia.